July 22, 2026
July 22, 2026
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Conoce másSi ya presentaste tu declaración anual y elegiste la opción de devolución, el SAT puede depositar tu dinero de forma automática. Esto es todo lo que necesitas saber.
Cuando presentas tu declaración anual y el resultado es que pagaste más ISR del que te correspondía (porque tuviste retenciones de nómina, gastos deducibles o rendimientos en cuentas de inversión), el SAT te debe regresar esa diferencia. Eso es el saldo a favor.
El trámite automático del SAT es la opción más sencilla para recuperarlo: en lugar de abrir un proceso por separado, simplemente marcas "Devolución" al momento de presentar tu declaración anual y el SAT deposita el dinero directamente en tu cuenta bancaria, sin que tengas que hacer nada más.
Esta facilidad aplica exclusivamente a personas físicas que presentan su declaración anual del ejercicio fiscal 2025. Si ya la enviaste con la opción de devolución marcada, tu solicitud ya está activa.
Aunque el plazo ordinario para presentar la declaración anual de personas físicas concluyó el 30 de abril, en ciertos casos específicos el SAT permite solicitar la devolución automática del saldo a favor hasta el 31 de julio de 2026.
Esta opción aplica cuando la autoridad rechazó la devolución de impuestos tras revisar la declaración, por lo que los contribuyentes pueden presentar una declaración complementaria antes del 31 de julio y volver a solicitar el saldo a favor mediante el esquema automático.
Asimismo, quienes hayan elegido por error la opción de compensación en lugar de devolución y no cuenten con impuestos contra los cuales aplicar ese saldo, podrán corregir su elección dentro del plazo establecido. Si la información proporcionada cumple con los requisitos del SAT, el Sistema Automático de Devoluciones podrá procesar la solicitud y efectuar el reembolso correspondiente.
El monto de tu saldo a favor determina qué herramienta necesitas para firmar y si aplica el trámite automático:
Solo con Contraseña SAT. El proceso más sencillo. No necesitas e.firma.
Contraseña o e.firma, Con Contraseña si usas la CLABE precargada en el sistema. Con e.firma si cambias la cuenta o tu saldo supera $50,000.
No aplica trámite automático. Debes tramitarlo mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
Ve a sat.gob.mx → Trámites → Declaraciones → Declaración Anual. Autentícate con tu RFC y contraseña o e.firma.
Elige Ejercicio: 2025, Tipo: Normal, Periodo: Del Ejercicio. Si ya enviaste tu declaración, revisa el acuse para confirmar que marcaste "Devolución".
Confirma que la cuenta registrada esté activa, a tu nombre y con tu RFC vinculado. Un dígito incorrecto es la causa número uno de devoluciones rechazadas.
Completa todas las secciones, selecciona "Devolución" en la pantalla final e ingresa tu CLABE. Firma con Contraseña o e.firma según el monto y guarda tu acuse en PDF.
Consulta el estatus en sat.gob.mx → Trámites → Devoluciones y compensaciones → Seguimiento de trámites. Revisa también tu Buzón Tributario: el SAT notifica ahí cualquier requerimiento.
El plazo legal es de hasta 40 días hábiles a partir de que el SAT recibe tu declaración. En la práctica, cuando no hay observaciones ni inconsistencias, muchas devoluciones se depositan entre 5 y 15 días.
Si aparece "Rechazado", no significa que perdiste el saldo a favor. Lee la notificación en tu Buzón Tributario, corrige el problema y presenta una declaración complementaria si es necesario. Tienes hasta cinco años para hacerlo.
Si tu saldo promedio anual no superó las 5 UMAs ($206,367 MXN para el ejercicio 2025), tus rendimientos están exentos de ISR. Sin embargo, la SOFIPO pudo haberte retenido provisionalmente una tasa del 0.50% sobre los intereses reales.
Esa retención es recuperable al presentar tu declaración anual: aparece como saldo a favor y puedes solicitarla mediante el trámite automático.
Antes de declarar, descarga tu constancia de intereses desde la app de Klar y verifica que los montos coincidan exactamente con la información precargada en el portal del SAT. Una diferencia de centavos puede poner tu declaración en revisión.
No en todos los casos. El plazo ordinario para presentar la declaración anual de personas físicas concluyó el 30 de abril. Sin embargo, el SAT permite realizar el trámite automático de devolución hasta el 31 de julio de 2026 en situaciones específicas, como cuando se presenta una declaración complementaria para corregir información o modificar la opción elegida para el saldo a favor.
Si no presentaste tu declaración dentro del plazo ordinario, es recomendable revisar tu situación fiscal antes de hacerlo fuera de tiempo, ya que podrían existir obligaciones o consecuencias adicionales según tu caso.
Puedes presentar una declaración complementaria. En el portal seleccionas "Complementaria" en lugar de "Normal", corriges la opción a "Devolución", ingresas tu CLABE y envías. Tienes hasta el 31 de julio para que aplique el trámite automático.
Depende de la CLABE. Si usas la cuenta precargada en el portal, puedes presentar con Contraseña SAT. Si cambias la CLABE o tu saldo supera $50,000, necesitas e.firma obligatoriamente.
En la CLABE interbancaria de 18 dígitos que registraste en tu declaración. Debe estar activa, a tu nombre y con tu RFC vinculado. No se aceptan cuentas de familiares ni terceros.
Consulta en sat.gob.mx → Trámites → Devoluciones y compensaciones → Seguimiento de trámites. También revisa tu Buzón Tributario regularmente.
Para montos mayores a $150,000 no aplica el trámite automático. Debes tramitarlo mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED), adjuntando documentación soporte y firmando con e.firma.
Las causas más frecuentes son: CLABE incorrecta o que no coincide con tu RFC, Buzón Tributario sin activar, inconsistencias entre tu declaración y la información de terceros, e.firma vencida cuando el monto la requería, o deducciones con CFDI inválido. Revisa el estatus en sat.gob.mx → Trámites → Devoluciones y compensaciones → Seguimiento de trámites y verifica si hay algún requerimiento pendiente en tu Buzón Tributario.
La forma más directa es revisar tu declaración anual enviada. Si al momento de presentarla el resultado fue "saldo a favor" y seleccionaste la opción de devolución, ya tienes un trámite activo. Si no recuerdas el resultado, entra a sat.gob.mx con tu RFC y contraseña, ve a Trámites → Declaraciones → Declaración Anual y consulta el acuse de tu declaración 2025. También puedes revisar el estatus en sat.gob.mx → Trámites → Devoluciones y compensaciones → Seguimiento de trámites.

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